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RESOLUCIÓN 677/2004 REALIZACIÓN PERIÓDICA DE ENCUESTAS PARA ALUMNOS VISTO la nota presentada por la Prosecretaria de Evaluación Permanente, Lic. Laura María Persoglia, en la cual solicita autorización para la realización de encuestas de alumnos, con carácter obligatorio, así como a graduados que hayan egresado de las distintas carreras y disponer la actualización anual de los datos de inscripción de los alumnos, yCONSIDERANDO: que la misma norma establece que las instituciones universitarias deberán asegurar el funcionamiento de instancias internas de evaluación institucional que tendrán por objeto analizar los logros y dificultades en el cumplimiento de sus funciones, así como sugerir medidas para su mejoramiento, que en ese marco las encuestas a alumnos y graduados son instrumentos de evaluación importantes para la realimentación del proceso de enseñanza y aprendizaje, que la Resolución Nº 535 del Ministerio de Cultura y Educación del 25 de agosto del año 1999 que aprueba los estándares para la acreditación de las carreras de Medicina, establece en su Anexo IV punto 99, que los docentes deben ser evaluados periódicamente – de acuerdo a mecanismos vigentes- y deben ser informados de sus progresos y debilidades y que así también la consideración de los alumnos debería ser incluida en las evaluaciones del desempeño docente. que como antecedente respecto a una carrera que ha sido evaluada, el Manual de Acreditación para Carreras de Ingeniería en la República Argentina del año 2000 - realizado por el Consejo Federal de Decanos de Ingeniería y presentado al Ministerio de Cultura y Educación - aconseja la realización de encuestas entre los indicadores de los estándares para la acreditación de las carreras de ingeniería, con el sentido de recabar la opinión de los estudiantes para conocer aspectos vinculados al dictado y evaluación de las asignaturas, sus fortalezas y sus debilidades, que el mismo Manual recomienda que la institución formadora cuente con información sobre graduados a fin de mantenerlos informados y estimularlos a participar de los programas de formación de posgrado, educación continua, conferencias, seminarios, congresos , etc., que para un eficiente desempeño de las actividades del Departamento Alumnos y Dirección de Enseñanza se requiere la actualización anual de los datos de los estudiantes, que la Secretaría Académica avala lo requerido por la Lic. Persoglia, Por ello, EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS, ad-referéndum del Consejo Académico, RESUELVE: Art. 1º.- Autorizar la realización periódica de encuestas, de carácter obligatorio, para los alumnos de las carreras que se cursan en la Facultad. Art. 2º.- Disponer, a través de la Dirección de Enseñanza, la actualización anual de los datos de inscripción de los alumnos. Art. 3º.- Autorizar la realización de encuestas a graduados que hayan egresado de las distintas carreras que se cursan en la Facultad. Art. 4º.- Regístrese y pase a consideración del Consejo Académico, remítase copia de la presente Resolución a los Departamentos e Institutos Docentes, Secretarías de Extensión Universitaria, de Gestión de Trabajos a Terceros, de Investigación y Post-Grado, a la Prosecretaría de Evaluación Permanente y Dirección de Doctorado y Post-Grado, tome razón Dirección de Enseñanza y archívese.- Expte. 900-769/04.- |