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TEXTO ORDENADO ORDENANZA 108 REGLAMENTACIÓN DE SEMINARIOS DE CARRERA PLAN VI Art.1º.- De acuerdo a las exigencias del Plan de Estudios vigente para las carreras que se cursan en esta Facultad, los requisitos finales para obtener los títulos de Contador Público, Licenciado en Administración, Licenciado en Economía y Técnico en Cooperativas es obligatoriamente la aprobación de un Seminario y para la carrera de Licenciado en Turismo cuatro Seminarios: un Seminario de Metodología de Investigación, dos Seminarios Generales y el Seminario Final de Tesis”. Art.2º.- PLANIFICACION: a) Tema del Seminario: versará sobre avances que se hayan operado en el campo de la ciencia, técnica, doctrina o legislación. Dicha planificación y la realización del Seminario deberá, previa conformidad de la Secretaría de Asuntos Académicos, ser considerada por el Consejo Académico. Carrera Licenciado en Turismo. El Departamento de Turismo será el responsable de planificar, organizar, coordinar y supervisar los Seminarios. Para ello deberá presentar a consideración de la Secretaría de Asuntos Académicos la propuesta respectiva durante el cuatrimestre anterior al inicio del dictado del o los Seminarios, con una anticipación mínima de 30 días corridos”. Art.3º.- INSCRIPCION Técnicas y Requisitos. a) Tener aprobadas veintitrés (23) asignaturas de las carreras de "Licenciado en Administración", "Contador Público" o "Licenciado en Economía", y lo indicado en el Apartado K) del Artículo 2º. b) Tener aprobadas catorce (14) asignaturas de la carrera de "Técnico en Cooperativas", haber cursado o estar cursando la asignatura “Gestión Cooperativa”, y lo indicado en el Apartado k) del Artículo 2º. c) Inscribirse dentro de los plazos que fije la Facultad. La Dirección de Enseñanza establecerá, como período de inscripción y dictado de los Seminarios, el mismo que para las asignaturas que se cursen en un semestre. Cada Comisión o Curso de Seminario tendrá un máximo de cincuenta (50) alumnos. A los efectos de la inscripción y para cumplir con el número de alumnos por curso estipulado en este artículo, se dará preferencia a aquellos que posean mayor cantidad de materias aprobadas. Ante igualdad de materias aprobadas se procederá al sorteo entre los alumnos en la misma condición. Carrera Licenciado en Turismo Establecer las siguientes condiciones para poder inscribirse en los cursos de Seminarios: a) Para el Seminario de Metodología de Investigación, tener aprobadas las asignaturas del primer año de la carrera. b) Para los Seminarios Generales, tener aprobadas las asignaturas del segundo año de la carrera y las materias que se requieran en virtud de los conocimientos específicos necesarios para realizarlos. c) Para el Seminario Final de Tesis tener aprobadas las asignaturas del tercer año, el Seminario de Metodología de Investigación y al menos un Seminario General. d) En todos los casos inscribirse dentro de los plazos que fije la Facultad. Art.4º.- Los Seminarios se dictarán semanalmente durante un semestre. Abarcarán un mínimo de 64 horas (4 horas por semana durante 16 semanas del semestre). Pudiendo durante el semestre siguiente continuarse con trabajos de campo de alumnos y evaluación de los trabajos de los alumnos, de manera que se cumpla la aprobación o no del alumno en el término máximo de un año. Carrera de Licenciado en Turismo Los Seminarios de Metodología de Investigación, cada uno de los Seminarios Generales y el Seminario Final de Tesis se dictarán en un solo cuatrimestre del año en que se programen, debiendo cumplir, en todos los casos, con las 128 horas previstas en el Plan de Estudios de la carrera, para su dictado Art.5º.- PROMOCION a) Asistir al 80% de las horas cátedras dictadas, pudiendo el Profesor justificar hasta un 5% de inasistencia del total de clases. b) Aprobar las pruebas de evaluación que se exigirán durante el curso. c) Presentar un trabajo sobre temas relacionados con puntos del programa, el que se ajustará a las normas de presentación que fije el Profesor a cargo del Seminario. Para la carrera de Técnico en Cooperativas este trabajo comprenderá un informe sobre una práctica a realizar en una Cooperativa, cuyo modelo lo determinará el responsable del Seminario, insumiendo dos (2) meses de duración y que incluirá además un trabajo de investigación referido a la práctica desarrollada. d) Los trabajos aludidos en el punto c) una vez aprobados por el titular del Seminario, deberán remitirse a la Biblioteca de la Facultad. Art.6º.- PRUEBAS Art.7º.- Cuando por excepcionales circunstancias (importancia de la temática, envergadura del disertante, restricciones presupuestarias, etc.) se programe y realice un Seminario que puede ser cursado y aprobado por alumnos de distintas carreras de esta Facultad, la validez del mismo para el caso de alumnos que cursan más de una carrera se ajustará a lo dispuesto en el artículo siguiente. Art.8º.- Un Seminario aprobado para una determinada carrera de esta Facultad por un alumno inscripto, además, en otra carrera será válido únicamente para una sola de dichas carreras. El alumno, incurso en esta situación, deberá, una vez aprobado el Seminario, comunicar por nota a la Dirección de Enseñanza a que carrera debe adjuntarse dicho Seminario para satisfacer los requisitos del Plan de Estudios.
Texto ordenado en septiembre/98, incluye modificación efectuada por Ordenanza 124/98 (Expte.900-19120/97) y en noviembre/02 por Ordenanza 136/02 (Expte. 900-24478/02) en sus artículos 1º, 2º, 3º y 4º.- |
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