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ORDENANZA 119 VISTO la propuesta presentada por la Secretaría de Asuntos Académicos a fs. 116/117, teniendo en cuenta la opinión favorable de los Directores de los Departamentos respectivos; y CONSIDERANDO: que es necesario determinar las equivalencias entre las materias de las distintas carreras; que el Consejo Académico en sesión del 22 de junio del corriente año aprobó, por unanimidad de los diez miembros del Cuerpo presentes, lo dictaminado a fs. 118/119 por la Comisión de Plan de Estudios; POR ELLO: EL CONSEJO ACADÉMICO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, en uso de sus atribuciones, O R D E N A : Art. 1º.- Establecer las equivalencias que se indican en el Anexo I que pasa a formar parte integrante de la presente Ordenanza, de las materias respectivas y en base a los programas vigentes a la fecha que se agregan a fs. 1/115 de las presentes actuaciones. Art. 2º.- Regístrese, dese amplia difusión, remítase copia de la presente Ordenaza a los Departamentos docentes; tomen razón la Secretaría de Asuntos Académicos y la Dirección de Enseñanza; cumplido archívese.
ORDENANZA 119/98.- Aprobada por el Consejo Académico el 26 de junio de 1998-
ANEXO I Equivalencias directas recíprocas En las materias de este grupo la equivalencia será otorgada directamente por la Dirección de Enseñanza en el momento de realizar la opción de carrera al alumno o a pedido expreso de él y siempre que éste reúna los requisitos de correlatividad.
Equivalencias no recíprocas En las materias de este grupo se otorgarán por la Dirección de Enseñanza a pedido del alumno y siempre que reúna la condición de correlatividad.
Equivalencia parcial A pedido del alumno se otorga equivalencia parcial si los requisitos de correlatividad se cumplen para el alumno que tenga aprobado ACTUACIÓN JUDICIAL (LA) debiendo rendir la teoría y la práctica de la tercera parte del programa. |
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