ORDENANZA 139

CREACIÓN DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA

VISTO que esta Unidad Académica aspira a promover la incorporación, utilización y desarrollo de nuevas tecnologías informáticas y de comunicaciones (TIC) y optimizar el uso de las existentes, teniendo en cuenta que para lo antes señalado es necesario contar con un Departamento de Informática que se encargue de ello, y

CONSIDERANDO:

que el Departamento de Informática tendrá por objetivos alcanzar con los recursos disponibles, los más altos estándares posibles en materia de vanguardia tecnológica para la Facultad y maximizar para la misma los beneficios derivados del uso de las tecnologías informáticas y de comunicaciones (TIC);

que el citado Departamento, para desarrollar su función y alcanzar sus objetivos asistirá y asesorará a todos los niveles de la Facultad en el uso de las tecnologías informáticas y de comunicaciones (TIC),

que de igual modo propondrá planes y programas conforme a necesidades que detecte o le sean comunicadas, que una vez aprobados los desarrollará y realizará las demás acciones operativas que sean necesarias;

que a los efectos de su organización interna el Departamento de Informática estará a cargo de un Director, quien será asistido por tres Secretarios Técnicos, quienes tendrán a cargo las áreas Académica, Tecnología Educativa y Técnica;

Por ello

EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS, ad-referéndum del Consejo Académico,

ORDENA:

Art.1º. Crear en el ámbito de la Facultad de Ciencias Económicas el Departamento de Informática, el que funcionará bajo dependencia funcional de la Secretaría de Asuntos Académicos.

Art.2º. Es función del Departamento de Informática, promover en la Facultad la incorporación, utilización y desarrollo de nuevas tecnologías informáticas y de comunicaciones (TIC) y optimizar el uso de las existentes.

Art.3º. Son objetivos del Departamento de Informática, alcanzar con los recursos disponibles, los mas altos estándares posibles en materia de vanguardia tecnológica para la Facultad y maximizar para la misma los beneficios derivados del uso de las tecnologías informáticas y de comunicaciones (TIC).

Art.4º. Para desarrollar su función y alcanzar sus objetivos el Departamento de Informática asistirá y asesorará a todos lo niveles de la Facultad en el uso de tecnologías informáticas y de comunicaciones (TIC), propondrá planes y programas conforme a necesidades que detecte o le sean comunicadas, una vez aprobados los desarrollará y realizará las demás acciones operativas que sean necesarias. Para el desarrollo de sus funciones y para alcanzar sus objetivos, el Departamento de Informática requerirá cada vez que ello resulte necesario el apoyo y asesoramiento de las cátedras, que en su temática de estudio central traten temas relacionados con las tecnologías informáticas y de comunicaciones (TIC).

Art.5º. A los efectos de su organización interna el Departamento de Informática estará a cargo de un Director, quien será asistido por tres Secretarios Técnicos, a cargo, cada uno de ellos, de una las siguientes áreas: Académica, Tecnologías Educativas y Técnica.

Art.6º. Para el cumplimiento de sus funciones, y para lograr sus objetivos, el Departamento deberá desarrollar entre otras las siguientes actividades:

·       Identificar y evaluar las tecnologías informáticas y de comunicaciones (TIC) susceptibles de ser incorporadas para mejorar el desempeño de la Facultad.

·       Diseñar, promover e implementar acciones para concretar la incorporación de tales tecnologías, y una vez incorporadas las mismas materializar las mejoras que su uso permitan.

·       Desarrollar conocimientos y herramientas que sean manifestaciones de la interrelación entre las tecnologías informáticas y de comunicaciones (TIC) y las Ciencias Económicas, en forma coordinada con el resto de los Departamentos e Institutos de la Facultad.

·       Proponer, cursos de capacitación para docentes, no docentes y alumnos en temas relacionados con tecnologías informáticas y de comunicaciones (TIC) y con la aplicación de estas al ámbito de las Ciencias Económicas.

·       Proponer, cursos de capacitación para la comunidad en general, en temas relacionados con el uso de tecnologías informáticas y de comunicaciones (TIC) específicas en el ámbito de las Ciencias Económicas y de tecnologías de aplicación múltiple, pero de amplia y difundida utilización en el ámbito de las Ciencias Económicas.

·       Administrar, mantener e implementar recursos para alojar los servicios de Internet e Intranet que la Facultad utilice.

·       Administrar los espacios físicos que se destinen en forma exclusiva para el dictado de cursos sobre los temas de su competencia y para alojar equipamiento informático y de comunicaciones que se ponga a disposición para uso de alumnos y docentes.

·       Realizar el mantenimiento del hardware de la Facultad y dar soporte a los usuarios internos.

·       Realizar el análisis y desarrollo del software que se necesite como así también su mantenimiento.

·       Controlar la legalidad del software utilizado en el ámbito de la Facultad.

Art.7º. Son responsabilidades del Director del Departamento:

·       Cumplir con las funciones establecidas en el artículo 4to. de esta Ordenanza y la representación del Departamento.

·       Administrar y supervisar la planta docente, técnica y administrativa asignada.

·       Organizar las funciones, responsabilidades y actividades de la planta docente, técnica y administrativa asignada, manteniendo actualizada y debidamente documentada tal organización, y en especial las funciones, responsabilidades y actividades de los Secretarios Técnicos que lo asistan.

·       Realizar toda incorporación y/o desarrollo de nuevas tecnologías o recursos, ya sea que se adquieran a terceros y/o se desarrollen en la Facultad, en forma coordinada con los futuros usuarios y receptores de las mismas y con los responsables de las distintas áreas a las que estos pertenezcan, involucrando a estos últimos en forma previa a cualquier incorporación y/o desarrollo, para asegurar una correcta y completa evaluación de los objetivos que se persiguen, de las necesidades a las que se atenderán y del impacto que tendrá la incorporación de la nueva tecnología y/o desarrollo.

·       Resguardar y aumentar el capital estructural que la Facultad adquiera a través del desarrollo de las actividades del Departamento, manteniendo a tal fin debida documentación referida a las tecnologías y recursos existentes y a las que se incorporen ya sea adquiridas a terceros o por desarrollos propios.

·       Administrar, guardar y preservar las herramientas, hardware y software instalados en las dependencias en las que funcione el Departamento y en las aulas y espacios físicos que se destinen en forma exclusiva para el dictado de cursos sobre los temas de su competencia y para alojar equipamiento informático y de comunicaciones que se ponga a disposición para uso de alumnos y docentes.

·       Realizar una memoria informativa anual de las actividades del Departamento antes del 31 de marzo del año siguiente, aparte de los informes periódicos que considere necesario formular o que le sean solicitados por las autoridades de la Facultad.

·       Convocar periódicamente las reuniones del Departamento y documentar lo tratado en las mismas.

Art.8º. Derogar a partir de la sanción de la presente, la Resolución 288/82.

Art.9º. Regístrese y pase a consideración del Consejo Académico, remítase copia de la presente Ordenanza a las Secretarías de Extensión Universitaria, de Gestión de Trabajos a Terceros, de Investigación y Post-Grado, Departamentos e Institutos Docentes y pase para su conocimiento a las Direcciones del Área Operativa, Doctorado y Post-Grado, de Enseñanza, Económico Financiera, Biblioteca, y al Departamento de Personal. Cumplido, archívese.

 

La Plata, 2 de septiembre de 2004.-