
ORDENANZA 139
CREACIÓN DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA
VISTO que esta Unidad Académica aspira a promover la incorporación, utilización y desarrollo de nuevas tecnologías informáticas y de comunicaciones (TIC) y optimizar el uso de las existentes, teniendo en cuenta que para lo antes señalado es necesario contar con un Departamento de Informática que se encargue de ello, y
CONSIDERANDO:
que el Departamento de Informática tendrá por objetivos alcanzar con los recursos disponibles, los más altos estándares posibles en materia de vanguardia tecnológica para la Facultad y maximizar para la misma los beneficios derivados del uso de las tecnologías informáticas y de comunicaciones (TIC);
que el citado Departamento, para desarrollar su función y alcanzar sus objetivos asistirá y asesorará a todos los niveles de la Facultad en el uso de las tecnologías informáticas y de comunicaciones (TIC),
que de igual modo propondrá planes y programas conforme a necesidades que detecte o le sean comunicadas, que una vez aprobados los desarrollará y realizará las demás acciones operativas que sean necesarias;
que a los efectos de su organización interna el Departamento de Informática estará a cargo de un Director, quien será asistido por tres Secretarios Técnicos, quienes tendrán a cargo las áreas Académica, Tecnología Educativa y Técnica;
Por ello
EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS, ad-referéndum del Consejo Académico,
ORDENA:
Art.1º. Crear en el ámbito de la Facultad
de Ciencias Económicas el Departamento de Informática, el que funcionará bajo
dependencia funcional de la Secretaría de Asuntos Académicos.
Art.2º. Es función del Departamento de
Informática, promover en la Facultad la incorporación, utilización y desarrollo
de nuevas tecnologías informáticas y de comunicaciones (TIC) y optimizar el uso
de las existentes.
Art.3º. Son objetivos del Departamento de
Informática, alcanzar con los recursos disponibles, los mas altos estándares
posibles en materia de vanguardia tecnológica para la Facultad y maximizar para
la misma los beneficios derivados del uso de las tecnologías informáticas y de
comunicaciones (TIC).
Art.4º. Para desarrollar su función y
alcanzar sus objetivos el Departamento de Informática asistirá y asesorará a
todos lo niveles de la Facultad en el uso de tecnologías informáticas y de
comunicaciones (TIC), propondrá planes y programas conforme a necesidades que
detecte o le sean comunicadas, una vez aprobados los desarrollará y realizará
las demás acciones operativas que sean necesarias. Para el desarrollo de sus
funciones y para alcanzar sus objetivos, el Departamento de Informática requerirá
cada vez que ello resulte necesario el apoyo y asesoramiento de las cátedras,
que en su temática de estudio central traten temas relacionados con las
tecnologías informáticas y de comunicaciones (TIC).
Art.5º. A los efectos de su organización
interna el Departamento de Informática estará a cargo de un Director, quien
será asistido por tres Secretarios Técnicos, a cargo, cada uno de ellos, de una
las siguientes áreas: Académica, Tecnologías Educativas y Técnica.
Art.6º. Para el cumplimiento de sus funciones,
y para lograr sus objetivos, el Departamento deberá desarrollar entre otras las
siguientes actividades:
·
Identificar y evaluar las tecnologías informáticas y de comunicaciones
(TIC) susceptibles de ser incorporadas para mejorar el desempeño de la
Facultad.
·
Diseñar, promover e implementar acciones para concretar la
incorporación de tales tecnologías, y una vez incorporadas las mismas
materializar las mejoras que su uso permitan.
·
Desarrollar conocimientos y herramientas que sean manifestaciones de la
interrelación entre las tecnologías informáticas y de comunicaciones (TIC) y
las Ciencias Económicas, en forma coordinada con el resto de los Departamentos
e Institutos de la Facultad.
·
Proponer, cursos de capacitación para docentes, no docentes y alumnos
en temas relacionados con tecnologías informáticas y de comunicaciones (TIC) y
con la aplicación de estas al ámbito de las Ciencias Económicas.
·
Proponer, cursos de capacitación para la comunidad en general, en
temas relacionados con el uso de tecnologías informáticas y de comunicaciones
(TIC) específicas en el ámbito de las Ciencias Económicas y de tecnologías de
aplicación múltiple, pero de amplia y difundida utilización en el ámbito de las
Ciencias Económicas.
·
Administrar, mantener e implementar recursos para alojar los servicios
de Internet e Intranet que la Facultad utilice.
·
Administrar los espacios físicos que se destinen en forma exclusiva
para el dictado de cursos sobre los temas de su competencia y para alojar
equipamiento informático y de comunicaciones que se ponga a disposición para
uso de alumnos y docentes.
·
Realizar el mantenimiento del hardware de la Facultad y dar soporte a
los usuarios internos.
·
Realizar el análisis y desarrollo del software que se necesite como
así también su mantenimiento.
·
Controlar la legalidad del software utilizado en el ámbito de la
Facultad.
Art.7º. Son responsabilidades del
Director del Departamento:
·
Cumplir con las funciones establecidas en el artículo 4to. de esta
Ordenanza y la representación del Departamento.
·
Administrar y supervisar la planta docente, técnica y administrativa
asignada.
·
Organizar las funciones, responsabilidades y actividades de la planta
docente, técnica y administrativa asignada, manteniendo actualizada y
debidamente documentada tal organización, y en especial las funciones,
responsabilidades y actividades de los Secretarios Técnicos que lo asistan.
·
Realizar toda incorporación y/o desarrollo de nuevas tecnologías o
recursos, ya sea que se adquieran a terceros y/o se desarrollen en la Facultad,
en forma coordinada con los futuros usuarios y receptores de las mismas y con
los responsables de las distintas áreas a las que estos pertenezcan,
involucrando a estos últimos en forma previa a cualquier incorporación y/o
desarrollo, para asegurar una correcta y completa evaluación de los objetivos
que se persiguen, de las necesidades a las que se atenderán y del impacto que
tendrá la incorporación de la nueva tecnología y/o desarrollo.
·
Resguardar y aumentar el capital estructural que la Facultad adquiera
a través del desarrollo de las actividades del Departamento, manteniendo a tal
fin debida documentación referida a las tecnologías y recursos existentes y a
las que se incorporen ya sea adquiridas a terceros o por desarrollos propios.
·
Administrar, guardar y preservar las herramientas, hardware y software
instalados en las dependencias en las que funcione el Departamento y en las
aulas y espacios físicos que se destinen en forma exclusiva para el dictado de
cursos sobre los temas de su competencia y para alojar equipamiento informático
y de comunicaciones que se ponga a disposición para uso de alumnos y docentes.
·
Realizar una memoria informativa anual de las actividades del
Departamento antes del 31 de marzo del año siguiente, aparte de los informes
periódicos que considere necesario formular o que le sean solicitados por las
autoridades de la Facultad.
·
Convocar periódicamente las reuniones del Departamento y documentar lo
tratado en las mismas.
Art.8º. Derogar a partir de la sanción de
la presente, la Resolución 288/82.
Art.9º. Regístrese y pase a consideración del Consejo
Académico, remítase copia de la presente Ordenanza a las Secretarías de
Extensión Universitaria, de Gestión de Trabajos a Terceros, de Investigación y
Post-Grado, Departamentos e Institutos Docentes y pase para su conocimiento a
las Direcciones del Área Operativa, Doctorado y Post-Grado, de Enseñanza,
Económico Financiera, Biblioteca, y al Departamento de Personal. Cumplido,
archívese.
La
Plata, 2 de septiembre de 2004.-