RESOLUCIÓN 695/04

REGLAMENTO DEL CENTRO DE ESTUDIOS DEL SECTOR PÚBLICO (CESEP)

VISTO lque por Resolución Nº 561/04 del Honorable Consejo Académico se aprobó el proyecto de creación del Centro de Estudios del Sector Público (CESEP), que tendrá por misión actuar en el ámbito de esta Facultad con la finalidad de administrar las relaciones con el Sector Público tanto nacional como provincial y municipal, incluyendo a sociedades y empresas del estado, atendiendo las demandas que reciba y planificando , organizando y coordinando las actividades que se lleven a cabo para satisfacerlas, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada Resolución se encomendó al señor Decano el dictado de un Estatuto o Reglamento que fije las normas de funcionamiento en el mencionado centro,

Que precedentemente obra dichas normas,

Por ello,

EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS, ad-referéndum del Consejo Académico,

RESUELVE:

Art.1º.- Aprobar el Reglamento del Centro de Estudios del Sector Público (CESEP), que obra como Anexo I de la presente Resolución.

Art.2º.-Regístrese y pase a consideración del Consejo Académico, comuníquese, remítase copia de la presente Resolución a las Secretarías de Extensión Universitaria , de Gestión Trabajos a Terceros, de Investigación y Postgrado, Departamentos e Institutos Docentes y a las Direcciones y Departamentos Administrativos. Cumplido, archívese.

ANEXO I
REGLAMENTO DEL CENTRO DE ESTUDIOS DEL SECTOR PUBLICO

MISION.

El Centro de Estudios del Sector Público (CESEP), en el ámbito de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de La Plata, tiene como finalidad coordinar las actividades que sobre el Sector Público se desarrollen a través de trabajos de investigación, extensión , capacitación y asistencia técnica, organizando, en consideración a la temática en cuestión, la participación de los distintos departamentos, institutos, cátedras y/o demás áreas de la estructura que corresponda.

FUNCIONES.

Serán sus principales funciones:

DEPENDENCIA Y RELACION OPERATIVA
El CESEP dependerá funcionalmente del Decanato y, atento a que los temas de investigación y estudio deben estar comprendidos en las áreas disciplinarias que abarca la Facultad, tendrá relación operativa con las distintas Secretarías, Prosecretarías, Departamentos e Institutos, según corresponda.

CUERPO DIRECTIVO
Del funcionamiento del CESEP será responsable un Cuerpo Directivo integrado por representantes de las Secretarías de Extensión Universitaria y Gestión de Trabajos a Terceros y de los Departamentos Docentes .

Será tarea del Cuerpo Directivo la planificación, ejecución y control de las actividades del Centro, para lo que accionará y se reunirá las veces que dicha responsabilidad lo requiera. Periódicamente informará al Consejo Académico de las actividades desarrolladas.

COORDINACIÓN EJECUTIVA
La Secretaría de Gestión de Trabajos a Terceros desarrollará la coordinación ejecutiva de las tareas que le competan al Centro, en el marco de las decisiones del Cuerpo Directivo.

CUERPO HONORARIO CONSULTIVO
La Facultad promoverá la conformación de un Cuerpo Consultivo, con función honoraria, que coadyuve, con sus opiniones no vinculantes, a favorecer el logro de los objetivos fijados para el CESEP.

Este cuerpo podrá estar conformado, entre otras instituciones, por:

900-547/04.-
La Plata, 27 de octubre de 2004.-